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Errores e incomprensiones en el debate sobre “la tómbola”

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La postulación a los colegios subvencionados, estatales y privados, a través de una plataforma centralizada debería ser la norma en la educación chilena. Sin embargo, esta reforma, que es un aporte del actual Gobierno, ha sido severamente criticada. En ese cuestionamiento hay simplemente errores, cuando se afirma que limita la libertad de elección de los padres, o inexactitudes, cuando se la responsabiliza de poner en riesgo la libertad de enseñanza o acabar con la tradición de selección por mérito de los liceos emblemáticos. Estas medidas son enteramente separables del mecanismo legislado para admitir estudiantes. En efecto, a través de este sistema lo que se logra es ampliar el conjunto de posibilidades de elección de los estudiantes y sus familias. La razón es relativamente simple. En esta situación, típicamente los padres ingresan a una plataforma donde pueden verificar la oferta disponible de planteles escolares con información valiosa respecto de sus características (por supuesto, esto es compatible con visitas a estos establecimientos y otras fuentes de información). En ella postulan por orden de preferencia a los planteles escolares de su elección. Ese orden es definido por las propias familias y las alternativas que pueden ingresar son varias y diversas. El algoritmo con el que opera la plataforma coordina la oferta disponible con la demanda por plazas escolares. En particular, distribuye entre los niños y jóvenes las plazas escolares disponibles en estricto orden de preferencia. Si en el primero de los colegios preferidos hay al menos el mismo número de vacantes que postulantes el estudiante será invitado a matricularse. Si hay más postulantes que vacantes, emerge la pregunta de cómo deben “racionarse” los cupos escasos. En principio, hay distintas maneras de contestar esta pregunta, pero si uno realmente piensa que el criterio rector es la libertad de elegir de los padres la única respuesta razonable es una selección aleatoria hasta que se agoten las plazas disponibles. Otros criterios son discriminatorios, aunque no necesariamente arbitrarios, y reducen las posibilidades efectivas de elección de algunos padres. Por tanto, es un error sostener que la plataforma de admisión centralizada lesiona o daña dicha elección.

En ese sentido, quienes cuestionan este mecanismo pueden tener argumentos válidos, pero ellos en ningún caso dicen relación con restricciones a la libertad de elección de los padres. Las críticas parecen tener más bien que ver con la imposibilidad de los colegios de seleccionar a sus estudiantes, pero ello es positivo porque si se les entrega esa decisión las posibilidades de elegir de las familias se reducen. Ambos objetivos no son compatibles y, en estas circunstancias, habría que privilegiar la libertad de elección de los padres. Dicho esto, no hay que descartar que las familias “localmente” no sean partidarias de privilegiar dicha libertad. Hay evidencia, tanto de encuestas como de estudios cualitativos, que sugieren que la mayoría de las familias prefieren que sus hijos se eduquen con sus “iguales” y descansan en el colegio para que produzca el match correcto. Si valoran mucho esta posibilidad, es muy probable que rechacen el sistema de admisión centralizado porque impide que el colegio pueda llevar adelante el filtro deseado. Los políticos seguramente han percibido este rechazo y cuestionan, entonces, el mecanismo de admisión centralizado (o la tómbola como es llamado con algún desprecio). Sin embargo, es importante aclarar que el reclamo no tiene que ver con el hecho que los padres vean disminuidas sus posibilidades de elección.

Por cierto, aún creyendo que el sistema de admisión centralizado debería ser la norma general, es legítimo indagar si éste admite excepciones. En particular, porque en Chile se ha aplicado de manera extensiva. La respuesta es positiva, toda vez que se podría querer compatibilizarlo con otros principios o valores educativos. En ese sentido, si ellos no se recogen, no hay un defecto del sistema de admisiones sino que una escasa o nula apreciación por esos otros principios. Un derecho que viene al caso es la libertad de enseñanza. Ésta supone la posibilidad de que una comunidad pueda promover sus creencias a través de la educación. Y es razonable que sus integrantes puedan quedar incluidos en el proyecto educativo que desarrollen. Tal como se ha decidido aplicar el sistema de admisión centralizado esto no es evidente.

En efecto, supongamos, por ejemplo, que un conjunto de padres decide desarrollar un colegio apelando a la libertad de enseñanza. Cabría esperar que ellos tuvieran la certeza de que sus hijos van a poder matricularse en su colegio. El sistema de admisión centralizada aplicado sin esta consideración, no garantiza que ello vaya a ocurrir, porque si una vez que comienza a funcionar el colegio fundado por estos padres tiene más postulantes que vacantes, las posibilidades de sus hijos de quedar en su colegio disminuyen. Tampoco un colegio parroquial puede asegurar que el hijo o nieto de un diácono de la parroquia quedará matriculado, dañando en la práctica el propósito que promueve la libertad de enseñanza.

Nótese que este no es un problema de compromiso con el proyecto educativo como, a veces, se ha planteado sino con el sentido más profundo de libertad de enseñanza que, por lo demás, cobra más relevancia en una sociedad pluralista y diversa. Pero, también hay que darse cuenta de que esto no es un problema que pueda atribuirse a la existencia de este sistema de admisión centralizado sino a que se ha decido no respetar íntegramente ese principio. La plataforma se puede compatibilizar sin mayores problemas con mecanismos alternativos o mixtos de selección en esos proyectos educativos cuyas comunidades se fortalecen o reafirman asegurando cupos para niños y niñas cuyas familias tienen vínculos particulares con las comunidades que los han impulsado. Así, manteniendo el sistema de admisión que tanta controversia genera, se puede excluir completamente a los colegios en los que se puede vulnerar la libertad de enseñanza o bien ellos pueden informar los cupos, del total disponible, que deben reservar para cumplir con su comunidad y, por tanto, solo la diferencia queda acogido al mecanismo único de postulaciones.

El sistema de admisión centralizado, en su diseño actual, tampoco es compatible con la posibilidad de que algunos planteles escolares puedan seleccionar por mérito a sus estudiantes. En el caso de los liceos tradicionales es el mérito académico el que se quiere promover y obviamente ello exige la selección de los estudiantes que tienen mayores posibilidades de lidiar con altos estándares de aprendizaje. En otros casos es el mérito artístico y no todos tienen las habilidades requeridas para satisfacer altos estándares artísticos que exige una formación de alto nivel. En estas circunstancias, es razonable que la selección no sea por medio de una prioridad expresada de manera independiente de las habilidades de los postulantes para lidiar con las exigencias que imponen esos estudios.

Por cierto, respecto de la selección académica de estudiantes hay mucha controversia. Muchos expertos no valoran esas experiencias educacionales. Creen que no agregan valor a los jóvenes seleccionados y al mismo tiempo privan a sus compañeros originales de su presencia en la sala de clases, impidiéndoles mejorar sus aprendizajes. Es un asunto empíricamente discutible y no es este el lugar para revisar el debate, pero es obvio que las dificultades para que estas experiencias se desarrollen no dicen relación con el sistema centralizado de admisiones. Piénsese que este sistema es el mismo que rige para la selección universitaria y los criterios en ese caso son sólo de mérito académico.

Por estas razones, no hay ninguna incompatibilidad entre una selección por mérito y la plataforma centralizada para postular a los planteles escolares que se ha legislado durante la actual administración.

Por tanto, es evidente que, sin mayores problemas, se pueden definir excepciones dentro de la plataforma de admisiones que tanto se critica con el fin de satisfacer principios valiosos o proyectos educativos que seleccionan por mérito. Y eso se puede lograr sin renunciar al objetivo de ampliar las posibilidades de elección de las familias. Los riesgos que enfrenta la libertad de enseñanza o el término de la selección por mérito obedecen a planteamientos de otra naturaleza que nada tienen que ver con el mecanismo de admisión que se conoce vulgarmente como la tómbola. Solo confunden el debate y faltan a la verdad quienes sostienen que dicho mecanismo limita la libertad de elección.

Por: Haral Beyer

Fuente: http://lasituacion.cl/2017/10/24/errores-e-incomprensiones-en-el-debate-sobre-la-tombola/