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Respaldo al libre comercio: la justicia de la UE valida el acuerdo con Canadá (CETA)

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El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha sentenciado este martes que el sistema de arbitraje entre inversores y Estados que incluye el acuerdo comercial con Canadá (CETA) cumple con las normas europeas, lo que representa la luz verde a un tratado comercial que para la UE es un modelo para el resto de pactos que se alcancen con otras potencias.
La sentencia también representa el fin de un culebrón que se inició con la negativa de Valonia, una pequeña región francófona de Bélgica, de aprobar el acuerdo y que estuvo apunto de hacer descarrilar el CETA. Después de siete años de negociación la región sureña del país, muy golpeada por la deslocalización y la desindustrialización, se negaba a dar su luz verde, lo que no solo llevó a Canadá a perder los nervios, sino que acabó desembocando en una crisis nacional.

Paul Magnette, entonces presidente de la región valona, anunció al mundo en octubre de 2016 que bloquearían la firma, ya que la composición estatal de Bélgica requiere la luz verde de todos los parlamentos regionales. Una pequeña zona con menos de 4 millones de habitantes estaba frenando la firma del acuerdo comercial más importante de la historia de la UE hasta el momento. La presión era enorme.

La cumbre que se había fijado para cerrar el CETA tuvo que cancelarse. Finalmente el ejecutivo valón acordó con el Gobierno belga llevar el asunto al TJUE a cambio de dar su luz verde provisional al acuerdo.

La principal pega de Valonia al acuerdo comercial era la misma que se le ponía desde muchas protestas que durante aquellos días tomaron las calles de Bruselas, no solo contra el CETA, sino también y sobre todo contra el acuerdo comercial con EEUU, el TTIP, hoy ya metido en el congelador: los tribunales de arbitraje.

El acuerdo incluye un instrumento por el que se crea un tribunal y un tribunal de apelaciones, que finalmente acabarían desembocando en un tribunal multilateral de inversiones en el que se resuelvan los litigios entre inversores y los Estados. Las voces críticas veían en este sistema la creación de una justicia paralela que, además, ataba las manos a los gobiernos democráticamente elegidos, ya que los inversores podrían denunciar nuevas normas o regulaciones que les perjudiquen y que no estuvieran sobre la mesa cuando realizaron sus inversiones.

“La tribunal considera que el CETA no confiere a los tribunales previstos ninguna jurisdicción para interpretar o aplicar la legislación de la UE no sea la relacionada con las disposiciones del acuerdo”, señala la sentencia del TJUE. La decisión del alto tribunal europeo señala que el CETA no le resta competencias, y que por lo tanto no afecta al derecho comunitario.

La sentencia del TJUE señala que “cuando un inversor canadiense pretenda impugnar medidas adoptadas por un Estado miembro o por la Unión”, la decisión de si la responsabilidad debe dirigirse hacia el país o hacia la UE queda en manos del TJUE. “De este modo se preserva la competencia exclusiva del Tribunal de Justicia para resolver sobre el reparto de competencias entre la Unión y sus Estados miembros”, señala el texto.

Sobre si el CETA puede poner en tela de juicio o dar marcha atrás a decisiones tomadas en el contexto democrático, el TJUE también responde: el acuerdo “contiene cláusulas que privan a esos tribunales de competencia para cuestionar las opciones elegidas democráticamente por una parte del acuerdo en materia, en particular, del nivel de protección del orden público, de la seguridad pública, de la moral pública, de la salud y de la vida de las personas y de los animales, o de preservación del […] medio ambiente, el bienestar en el trabajo, la seguridad de los productos, consumidores y derechos fundamentales”.

Sobre la posibilidad de que los tribunales del CETA puedan llegar a anular una multa de la Comisión Europea o de una autoridad nacional en materia de competencia el TJUE recuerda que, efectivamente, el acuerdo establece dicha posibilidad, pero que “el propio derecho de la Unión permite anular una multa cuando adolece de un vicio similar al que podría declarar el tribunal del CETA”.

La decisión final de la corte de Luxemburgo confirma así la opinión no vinculante del abogado general de la UE, que a finales de enero de 2019 señaló ya que el mecanismo de resolución de litigios no resta poderes ni competencias al TJUE.
Fuente: El Confidencial