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Cámara respaldó informe sobre planes de manejo forestal en los últimos diez años

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El documento, entre otros puntos, concluyó categóricamente que los planes de manejo para recuperación de terrenos con fines agrícolas no están regulados dentro de nuestra legislación de manera orgánica y detallada.

La comisión investigadora de los actos de la Conaf, los actos del Servicio de Impuestos Internos y otros órganos estatales en relación a estos planes en las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, del Biobío y La Araucanía detectó que existieron errores en los procedimientos destinados a la aprobación de determinados planes de manejo para recuperar terrenos con fines agrícolas, los cuales fueron reconocidos por la Conaf.

Así se especifica en el informe del grupo parlamentario que fuera aprobado en sesión especial esta noche por la Cámara de Diputados, por 111 votos afirmativos y una abstención.

En el texto se explica que, entre otras causas, la situación se debe a imprecisiones y defectos técnicos de los planes de manejo presentados por los interesados ante la Conaf (contando, además, con asesoramiento de ingenieros forestales para ello), como, asimismo, por el incumplimiento de las instrucciones impartidas por el superior jerárquico de esta entidad respecto a la apreciación de los elementos técnicos de dichos instrumentos.

En palabras de la Conaf se detectó: casos en los cuales la calidad de los referidos informes técnicos no refleja adecuadamente el análisis, trabajo y la evaluación que efectúan los analistas, tanto administrativamente como la realizada en terreno, para efectos de la aprobación o denegación de la solicitud.

Dentro de los errores, defectos e imprecisiones se pudo apreciar, en distintos antecedentes que esta entidad proporcionó a la comisión, que el certificado emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII) por el cual se informa de la clase o categoría de suelo de un determinado terreno era un instrumento o antecedente de relevancia para la aprobación de estos planes de manejo de recuperación para fines agrícolas.

Por lo anterior, existen diversos antecedentes que permiten a la comisión presumir que dicho certificado era considerado por la Conaf como vinculante en el procedimiento administrativo para la aprobación de un plan de manejo, de tal manera que bastaba con su presentación para comprobar la capacidad productiva del uso de suelo.

No obstante, indican que es pertinente concluir que el SII no participa, ni debe participar en los procedimientos relacionados con una solicitud de plan de manejo ante la Conaf. Dicho organismo, según planteó en la Comisión «resuelve de modo objetivo y en base a los antecedentes, las solicitudes de los contribuyentes en relación a modificar la clasificación del uso del suelo, considerando el uso potencial y sus características físicas, con independencia del uso efectivo que el propietario que le desee dar, exclusivamente con el fin de determinar el impuesto territorial».

Por tanto, la comisión estimó que el certificado de avalúo del Servicio no es vinculante para determinar ningún elemento relacionado con la capacidad de uso de suelo de un terreno, ni para la aprobación de los planes de manejo por parte de la Conaf, sino que tiene una finalidad exclusivamente tributaria.

Debe concluirse que la Conaf detectó esta situación, reconociendo los errores en los análisis técnicos de los planes de manejo presentados por los interesados y aplicó medidas correctivas y procesos técnicos de mejoramiento de procedimientos para solucionar el problema durante el mandato de la comisión investigadora.

Particular relevancia tiene el oficio N° 73 de dicha institución por la cual precisa el sentido y alcance del concepto de «recuperación de terrenos para fines agrícolas», indicando que debe constatarse la existencia previa de dicho uso.

Estas medidas han llevado a que descendiera el porcentaje de aprobación de los planes de manejo para recuperar terrenos con fines agrícolas, en donde hasta el 2019 solo se habían aprobado cuatro de estos instrumentos, con una superficie total de 11,6 hectáreas, comparado con el año 2018, en donde se aprobaron 36 de estos instrumentos, con una superficie total de 452,49 hectáreas, lo que viene a ratificar la finalidad que motivó la creación de la presente comisión.

Sobre la falta de regulación de los planes de manejo para recuperar terrenos con fines agrícolas, la comisión indicó que se debe concluir categóricamente que los planes de manejo para recuperación de terrenos con fines agrícolas no están regulados dentro de nuestra legislación de manera orgánica y detallada, siendo una institución que no es armónica con el resto de las normas legales que regulan el bosque, en especial en relación con la función de protección, conservación y preservación que debe predicarse respecto de los bosques nativos. Lo anterior motiva a que esta institución sea derogada y expulsada del ordenamiento jurídico chileno.

Propuestas

Entre las propuestas del informe, que rindió ante la Sala el diputado Jaime Tohá, se plantea solicitar a la Conaf modificar el procedimiento administrativo destinado a aprobar los planes de manejo para recuperación de terrenos con fines agrícolas, con el objeto de que la resolución final sea dictada por el director ejecutivo de dicho organismo.

De lo analizado por el grupo legislativo queda de manifiesto la necesidad de fortalecer la administración del Estado en esta materia. Dicho fortalecimiento se traduce en la creación de una clara cabeza de nivel político que haga posible una mejora ostensible en la coordinación del actuar de los órganos y servicios públicos del sector forestal y que, además, empuje los necesarios cambios legales y reglamentarios del sector.

En este escenario, se solicita al Presidente de la República que envíe un proyecto de ley que cree una Subsecretaría Forestal que tenga la jerarquía y recursos necesarios para coordinar todas las políticas, planes y programas necesarios para proteger, conservar y preservar, en su caso, los bosques, en especial el nativo.

Fuente: Cámara de Diputados